Leyes del Gobierno Provisional de la Revolución, Folleto de Divulgación Legislativa III, La Habana: Editorial Lex, 1959.
Folleto II:
Con notas de estudio comparativo respecto a la Constitución de 1940 y en Apéndice, las Leyes del Ejercito Rebelde dictadas en la Sierra Maestra, sobre Inhabilitación Política y Reforma Agraria.
Extraído de El Sistema Judicial Cubano desde 1959 hasta la actualidad, por Juan Ramón Pérez Carrillo:
Luego de todo lo acaecido, la primera ley revolucionaria, debía ser y así fue, la que devolviera al pueblo la soberanía y restaurara la Constitución del 1940, por contener preceptos progresistas que aunque nunca se aplicaron, como el que proscribía el latifundio, podía servir de base para la toma de medidas económicas de contenido popular, como las rebajas de alquileres y la del precio de algunos servicios públicos y otras disposiciones jurídicas dirigidas contra la dominación política y económica para de esta forma recobrar la soberanía nacional. En esta ocasión la Constitución del 40 estaba convertida en verdadera Ley Fundamental del Estado cubano, la cual estaría vigente hasta que el pueblo decidiese modificarla o sustituirla. Al triunfar el movimiento revolucionario, el 1 de Enero de 1959, era imprescindible para cumplir con la obligación de promulgar la primera ley que se anunciara en La Historia me Absolverá, lo cual constituyó no sólo una bandera de lucha, sino que estaba en correspondencia con la voluntad popular, pero era preciso hacerlo de forma tal, que viabilizara la adopción de otras medidas legítimas e indispensables, para hacer posible la realización de los hechos que suponía la revolución triunfante. Así el 7 de febrero de 1959, fue promulgada la Ley Fundamental de la República de Cuba, la cual recibió el respaldo y consentimiento del pueblo, convertido en apoyo, durante aquellos años de poder revolucionario, en los que se preparaba el camino hacia el inicio de la construcción de la sociedad socialista, el cual quedó plasmado posteriormente en la Constitución de 1976.
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